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EUROPAC FIRMA UN NUEVO ACUERDO DE FINANCIACIÓN POR 253M€
16/02/2012
EUROPAC SUBE EL PRECIO DEL PAPEL RECICLADO EN 100€ POR TONELADA
30/01/2012
PREMIO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DEL GRUPO EUROPAC
20/01/2012
EL BENEFICIO NETO DE EUROPAC AUMENTA UN 136%
27/10/2011
Europac obtiene un beneficio neto de 32 millones de euros
28/07/2011
Europac obtiene 43,7M€ de Ebitda en 1T2011
03/05/2011
Europac aumenta el Ebitda un 172% tras superar los 95 millones de euros
01/03/2011
Europac aumenta el precio del Papel Reciclado en 60€ por Tonelada
21/01/2011
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Anuncio de Modificación del Objeto Social
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 289 de la Ley de Sociedades de Capital en su redacción dada al mismo por el Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, se hace público que esta Sociedad acordó en su Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 7 de Junio de 2011, por unanimidad de accionistas titulares del 65,7910% del capital social concurrente a la Junta, modificar el Artículo 2º de los Estatutos Sociales relativo al objeto social, que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 2º.- La Sociedad tiene por objeto la transformación de primeras materias y productos químicos y, la fabricación de celulosas, fibras y sus derivados de cualquier clase, la fabricación de papel de todas clases, de cartón, de cartón ondulado y de cualquier otro manufacturado o transformado de papel, cartón o celulosa, las actividades industriales, comerciales, energéticas, así como la recuperación, tratamiento y gestión de residuos incluido el papel y cartón.-
Las actividades enumeradas anteriormente podrán ser desarrolladas por la sociedad, tanto en España como en el extranjero, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades o entidades”.
Así mismo se hace constar que estas modificaciones se realizan a los meros efectos de aclarar y concretar el alcance de alguna de sus actividades, sin que ello implique una sustitución del actual objeto social ni, por lo tanto, resulte de aplicación el derecho de separación contemplado en el artículo 346 de la Ley de Sociedades de Capital.
En Alcobendas (Madrid), a 12 de julio de 2011.
El Secretario del Consejo de Administración.
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